 |
La idea de “plan” refiere a la solución
de un problema a través de la
participación sistemática y racional de
las personas.
El primer paso debe consistir en
identificar y tomar conciencia de los
riesgos existentes en todos los
establecimientos con respecto a las
actividades cotidianas de carácter
individual y colectivo. Además, es
importante aprender a aplicar actitudes
positivas como primer paso hacia la
“Prevención”, cuya prioridad básica e
irrenunciable es la seguridad de la
totalidad de las personas residentes en
el edificio. |
Una vez que se toma conciencia de los
posibles peligros existentes, es conveniente
unificar criterios entre el personal directivo y
no directivo de una institución para diseñar un
plan de evacuación que permita saber cómo actuar
en una emergencia y así reducir los probables
efectos de un siniestro.
La eficacia del plan de evacuación depende del
entrenamiento de sus participantes a través de
simulacros organizados por la institución.
En la Ciudad, la Ley 1346 crea Plan de
Evacuación y Simulacro en casos de incendio,
explosión o advertencia de explosión.
El Plan establece la realización de simulacros
dos veces al año, es de aplicación obligatoria
en edificios, tanto públicos como privados,
oficinas, escuelas, hospitales y en todos
aquellos que brindan atención al público.
Es necesario adecuar el plan a las
características propias del inmueble, teniendo
en cuenta que es de aplicación voluntaria en el
caso de las viviendas particulares.
Ley 1346 – Plan de Evacuación y Simulacro.
Marco Legal, Objetivo:
El objetivo de poseer un plan de evacuación, es
preveer en situaciones peligrosas tales como:
incendios, escapes de gas, problemas
estructurales o amenazas de bomba, una salida
rápida y ordenada a los ocupantes de un
establecimiento de cualquier índole (Industrial,
educativo, comercial, etc.).
En el área del Gobierno de la ciudad de Buenos
Aires, este tema está reglamentado a través de
la Ley-1346, que determina que todos los
establecimientos donde se desarrollen
actividades públicas, obligatoriamente deben
cumplir con esta ley, deja solo como opcional
aquellos edificios destinados exclusivamente a
vivienda.
Componentes de un Plan de Evacuación:
Los Planes de Evacuación se elaboran de acuerdo
al modelo descripto en la ley-1346, la
documentación que lo compone es:
Planos de Evacuación: Son planos de todas las
plantas o niveles del edificio, estos se colocan
estratégicamente señalando una leyenda “usted
está aquí”, en los mismos también se muestra la
ruta de escape, la ubicación de extintores, el
punto de encuentro y los teléfonos de
emergencias.
Plan de Evacuación: Es un documento en forma de
manual donde se dan recomendaciones respecto al
uso o modificación de las instalaciones
eléctricas, gas y edilicias, el mismo describe
la forma en que la gente debe reaccionar ante
situaciones peligrosas como por ejemplo la
presencia de humo, escapes de gas, etc.
Explica además como debe desarrollarse el plan,
de acuerdo a la asignación de roles, y que
función cumple cada uno de ellos.
Modelo de Evacuación:
Este modelo instrumenta una determinada cantidad
de roles, que son funciones que se asignan al
personal y que deben ser llevadas a cabo durante
todo el tiempo que el establecimiento permanezca
en funcionamiento. Por ejemplo, uno de los roles
lo describe como “Jefe Técnico”, el mismo,
cuando se declare una emergencia es el encargado
de cortar el suministro de gas y electricidad.
Presentación ante Autoridades:
La autoridad que recepciona estos documentos es
Defensa Civil, ellos son los encargados de la
corrección y la posterior emisión del
certificado de aprobación.
La exigencia de esta entidad además de los
nombrados Plan y Planos de Evacuación es:
a) Plan de capacitación: Es una charla dada por
el profesional o persona idónea donde se explica
al personal con un rol asignado los siguientes
temas:
 |
-
- Ley-1346
- Plan de Evacuación - Sistemas de Alarmas - Uso de Extintores
|
Esto queda asentado en una planilla donde cada
asistente debe firmar.
b) Cronograma de Simulacros: La ley exige dos
simulacros obligatorios anuales, los cuales
deben realizar en presencia del profesional.
Estos se establecen dentro de los 365 días
posteriores al dictado de la charla de
capacitación.
|